Rafael Narváez: El TSJ con la sentencia 65 se convierte en el “enterrador” de la AN legítima

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Rafael Narváez, abogado defensor de los derechos humanos | archivo

El ex diputado, abogado y defensor DDHH, Rafael Narváez, rechazó la última sentencia del TSJ que pretende desconocer la presidencia de la Asamblea Nacional de Juan Guaidó y que le otorga “legalidad” a la directiva de Luis Parra.

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“El TSJ con la sentencia 65 se convierte en el “enterrador” del único foro político que existe en una democracia, la AN electa en el 2015 fue la expresión de la soberanía popular a través del voto directo y secreto”, aseguró Narváez en una nota de prensa.

Para el abogado con esta medida buscan que el parlamento sea “aniquilado por el odio y resentimiento del Estado que no tiene miramientos ni clemencia para pulverizar a la disidencia opositora llevándose por delante todo derecho humano y garantías constitucionales establecidas en nuestra ya muy golpeada CRBV”.

A su vez, dijo no estar sorprendido por dicha sentencia. “Fue una muerte anunciada la sentencia de desacato emitida por el TSJ, la conducta represiva sin límites por parte de la GNB y civiles armados en contra de los diputados, periodistas, trabajadores produjo el desalojo forzado del histórico palacio federal legislativo sede de la AN vulnerando sistemáticamente los derechos humanos”.

“Estamos en presencia de una política pública diseñada y ejecutada por el estado en contra de los derechos civiles y políticos, acceso a la justicia, libertad de expresión, salud y de los servicios básicos”

“Esta sentencia que fue dictada sin respetar el debido proceso por que no hubo juicio, no citaron a las partes, a militares que impidieron la entrada de los diputados a la sede legislativa, no consideraron si hubo quorum de funcionamiento, de votación para nombrar una directiva como lo establece el reglamento interior y de debates, colocan a nuestra democracia en ‘terapia intensiva’ con riesgo a desaparecer”, asegura el ex parlamentario.

El defensor DDHH, rechazó el silencio cómplice de todos los poderes públicos por alejarse del cumplimiento de lo establecido en la Constitución. “La CPI no establece privilegios para jefes de Estados en ejercicio y militares de alto rango violadores de los derechos humanos”.