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Una persona sin recursos en las calles de valencia en plena crisis del coronavirus. (Juan Carlos Cárdenas - Juan Carlos Cárdenas / EFE)

¿Cuándo entra en vigor el ingreso mínimo vital y cuáles son los requisitos para pedirlo?

A partir del 1 de junio se podrá pedir la prestación.

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Este viernes el Gobierno ha aprobado en el Consejo de Ministros un ingreso mínimo vital para aquellos ciudadanos que no lleguen a unos umbrales mínimos de renta. Se trata de una ayuda que complementará los ingresos de las familias más vulnerables.

Se calcula que esta prestación llegará a unos 850.000 hogares y costará 3.000 millones de euros. Se podrá solicitar a partir del 1 de junio y será compatible con otras ayudas. La cantidad que recibirá cada familia dependerá de la renta y la situación, e irá de los 461,5 euros mensuales a los 1.015.

A aquellos quien se les apruebe el ingreso mínimo vital, lo recibirán el primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud, que se podrá hacer en diferentes lugares: las oficinas de la Seguridad Social, ayuntamientos, tercer sector o comunidades autónomas.

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El portavoz del Grupo Vasco en el Congreso, Aitor Esteban, posa con los documentos acordados con el Gobierno tras la firma con el PNV para transferir la gestión del Ingreso Mínimo Vital (IMV) a la Comunidad Autónoma Vasca y Navarra.

¿Cuáles son los requisitos para pedirlo?

Según ha desvelado el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, la renta se abonará a unos 100.000 hogares a los que se les concederá de oficio. Y para el resto de hogares que quieran solicitar la ayuda se tendrán en cuenta la renta y la búsqueda de empleo.

Una persona podrá acceder a esta ayuda si ingresa menos de 200 euros

El principal requisito para pedir esta ayuda es que los ingresos mensuales de la unidad familiar sean inferiores a la cantidad de ayuda que le correspondería. Es decir, una persona podrá acceder a esta ayuda si sus ingresos están por debajo de los 200 euros o si la media de ingresos del hogar es inferior a los 450 euros por individuo.

Aunque también se tendrá en cuenta el patrimonio neto de los solicitantes. No podrán acceder a la prestación quienes tengan una vivienda en propiedad a no ser que sea el lugar de residencia habitual.