https://cdn.lavoz.com.ar/sites/default/files/styles/width_1072/public/nota_periodistica/bdf_1587868879_1590728599.jpg
Disputa. Vaca Narvaja, Vidal Lascano y López de Filoñuk. (Fotoilustración de Oscar Roldán)

Tres fiscales federales quedaron en una extraña zona gris

by

Desde hace un mes, la Justicia federal de Córdoba vive en estado de zozobra. Y no justamente por el receso judicial que comenzó a mediados de marzo, pandemia mediante.

Hoy, la historia judicial de este fuero tiene un nuevo capítulo para su largo libro de extrañezas: tres jueces ya resolvieron, o interpretaron, que dos fiscales ya no trabajan más, pero en la práctica  continúan en funciones. Lo mismo le cabe al fiscal ante la Cámara, Alberto Lozada, quien se encuentra en medio de similar cruce jurídico.

Ayer, en dos fallos simultáneos, los jueces de la feria extraordinaria que intervienen en la Cámara Federal resolvieron que tanto Graciela López de Filoñuk como Gustavo Vidal Lascano ya están jubilados y que no es válida la resolución del procurador general (interino), Eduardo Casal, que los habilitó a continuar trabajando una vez que pidieron la jubilación.

Las mismas generales le caben al fiscal ante la Cámara, ya que también se jubiló y acordó con Casal su continuidad provisoria. Pero el doble fallo de ayer no tiene efectos suspensivos. Si los aludidos apelan ante la Cámara de Casación, tal como adelantaron que harán, podrán continuar en sus cargos hasta nuevo fallo.

Toda esta complicada historia interna de la Justicia federal de Córdoba comenzó a escribirse el 28 de febrero último. Ese día, Vidal Lascano, López de Filoñuk y Lozada presentaron sus renuncias para acogerse a la jubilación, justo antes de que cambiara la ley previsional.

Ese mismo día, el procurador de la Nación, Casal, firmó una resolución en la que les indicaba que debían continuar en funciones hasta que fueran designados sus respectivos reemplazos, trámite que por lo general puede extenderse por varios meses o por  más de un año.

Ya en abril, en plena cuarentena, el presidente Alberto Fernández comenzó a firmar las aceptaciones a aquellas renuncias, según quedó asentado en el Boletín Oficial de la Nación.

A los pocos días, el juez de feria Miguel Hugo Vaca Narvaja resolvió, en dos expedientes paralelos, que tanto López de Filoñuk como Vidal Lascano ya no eran fiscales en actividad.

La interpretación del magistrado fue quirúrgica. Entiende que cuando Casal los convocó como interinos, ninguno de ellos aún estaba jubilado, porque el Presidente todavía no les había aceptado las renuncias; y cuando esto se produjo, en los primeros días de abril, ya regía la nueva ley, que tenía un gran detalle en comparación con la anterior: ya no se puede buscar como reemplazos dentro de la Justicia a aquellos funcionarios que se jubilan porque a partir de ahora pierden el estado judicial.

Es decir, Vaca Narvaja indicó que Casal no tenía potestad para aceptar una renuncia y que su resolución fue inocua.

López de Filoñuk señaló que ella en abril ya había cobrado como jubilada (el 82 por ciento móvil más un plus del 30 por ciento por continuar trabajando) y apeló. También lo hizo Vidal Lascano.

Además, los abogados Esteban Yangüez Papagenadio, Miguel Ángel Ortiz Pellegrini y Leandro Ortiz Morán, que defienden a los acusados en la causa por las financieras ilegales de Villa Belgrano, también apelaron el fallo que “jubiló” a Vidal Lascano, pero por otro motivo: pretenden que todo lo actuado por este fiscal sea declarado nulo desde el 28 de febrero y no a partir del 6 de abril, como lo había resuelto Vaca Narvaja.

En el mismo acto, recusaron al fiscal ante la Cámara, Lozada, ya que entendieron que le cabían las mismas generalidades que a los otros dos fiscales.

Si bien esta situación no se resolvió, Casal se movió velozmente desde Buenos Aires pocas horas después de los fallos de Vaca Narvaja y resolvió que el fiscal Carlos Casas Nóblega actuara a partir de ese momento como coadyuvante de López de Filoñuk, Vidal Lascano y Lozada.

De este modo, con su firma, se asegura que todo lo actuado tenga valor legal si al final del largo camino judicial se confirma que estos tres fiscales no pudieron haber actuado desde principios de abril.

Ratificar todo

Ayer, los jueces Liliana Navarro y Eduardo Ávalos resolvieron la apelación de López de Filoñuk. Y ratificaron el fallo de Vaca Narvaja.

El meollo por resolver es si estaba terminado o no el acto administrativo de la renuncia para jubilarse cuando Casal firmó las resoluciones.

“Resultaría totalmente incoherente la invocación de una ‘obligación adquirida’ por parte de quien ejerció su derecho a jubilarse y cesar en sus funciones”, remarcó Navarro, autora del primer voto. 

Y remarcó, además, que esta fiscal “no reunía los requisitos exigidos por la Constitución Nacional para seguir desempeñándose en el cargo respectivo, esto es, el acuerdo del Senado de la Nación, después de cumplir los 75 años”.

En el caso de Vidal Lascano, las juezas que intervinieron fueron la misma Navarro y Graciela Montesi. Fallaron en igual sentido: interpretaron como fecha válida el momento en el que el Presidente aceptó la dimisión.

Batalla en la torre del Parque Sarmiento

Graciela López de Filoñuk. La fiscal asegura que su jubilación fue aceptada en marzo, ya que en abril cobró el haber como jubilada. Pretende continuar en su puesto al frente de la fiscalía federal N° 3, pese a no tener el Acuerdo en el Senado, según marcaron ayer los jueces.

Gustavo Vidal Lascano. En su momento, el fiscal federal N° 2 indicó que, pese a la jubilación, su idea era completar tres causas sensibles: las financieras de Villa Belgrano, y las denuncias por lavado de dinero en los gremios Luz y Fuerza y Camioneros.

Miguel Hugo Vaca Narvaja. El juez que quedó de feria en medio de la cuarentena interpretó a mediados de abril que López de Filoñuk y Vidal Lascano ya no tenían estado judicial. Remarcó que la resolución del procurador de la Nación, Eduardo Casal, era abstracta.

Liliana Navarro. La camarista votó en las apelaciones de ambos fiscales, y en los dos casos mantuvo el mismo criterio: el procurador Casas no tiene potestad para aceptar la renuncia de los fiscales, por lo que sus resoluciones fueron inocuas.

Eduardo Ávalos. “La renuncia de la doctora López de Filoñuk quedó perfeccionada recién a partir del Decreto 359/2020, emitido por el Presidente de la Nación el 11 de abril de 2020 y publicado el 13 de dicho mes y año”, dejó escrito en su voto este camarista.

Graciela Montesi. Al resolver la apelación de Vidal Lascano, que rechazó, esta jueza indicó que “el Presidente de la Nación es la única autoridad con la facultad de aceptar la renuncia de un magistrado cuyo nombramiento también le compete”.

Alberto Lozada. El fiscal ante la Cámara quedó en igual situación que Vidal Lascano y López de Filoñuk, aunque la Cámara resolvió tratar su caso de manera separada. Lozada presentó la renuncia para jubilarse el 28 de febrero último y ese mismo día el procurador de la Nación, Eduardo Casal, resolvió que quedara como reemplazo en su mismo puesto hasta que esa vacante fuera cubierta. Cuestionó al juez Miguel Hugo Vaca Narvaja y señaló que lo ocurrido con sus fallos tenía una “inusitada gravedad institucional”.