¡Amparo legal! Atención a víctimas de la violencia es una prioritaria durante la emergencia sanitaria
Gobierno ha reforzado las atenciones desde el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fin de que las víctimas por violencia familiar reciban la protección adecuada y también se desplieguen acciones preventivas de violencia.
Mediante el Decreto Legislativo N° 1470, el Gobierno definió las medidas para garantizar la atención y protección de las víctimas de violencia, como las mujeres y los integrantes del grupo familiar, durante la emergencia sanitaria por el covid-19.
Tras lamentar que durante la cuarentena se produjeron 18 feminicidios, el jefe del Gabinete, Vicente Zeballos, relievó que en este período también se reforzaron las atenciones del Ministerio de la Mujer, a fin de asegurar la protección y despliegue de acciones preventivas frente a la violencia.
Por esta razón, anotó, se ha adecuado los servicios a las condiciones que la pandemia exige: el distanciamiento social, pero sin dejar en desprotección a las mujeres, las niñas, niños y adolescentes o personas adultas mayores. Por ello, la Línea 100 funciona las 24 horas, los 7 días de la semana.
Mientras que, a través de esta Línea, se ha recibido 39226 llamadas por violencia; de las cuales, 77% informaron que la víctimas era una mujer (30211). Asimismo, del total de llamadas, el 63% correspondía a personas adultas, mientras que el 20% (10434) reportaron que la víctima era un niño, niña o adolescente (menor de 18 años) y 7% (3106) que se trataba de una persona adulta mayor.
El Servicio de Atención Urgente (SAU) realizó 653 atenciones por violencia. El 77% de los casos (501) son de mujeres. La mayor parte de casos (55.31%) corresponden a niños, niñas o adolescentes (361 casos); 40.3%, a personas adultas (263) y 4.4% (29 casos) a personas adultas mayores.
Mediante el Decreto Legislativo Nº 1470 se ha dispuesto la atención de todos los casos de violencia, independientemente de los niveles de riesgo. Además, se prioriza el retiro del agresor del hogar, se elimina las medidas de protección que se limiten a solicitar al agresor el “cese de la violencia”, se establece la atención obligatoria del Ministerio de Salud a las víctimas de violencia que requieren atención de emergencia o urgencia, y se dispone la obligatoriedad de aplicar pruebas de descarte de COVID-19 a las mujeres en Hogares de Refugio y a los niños y niñas en los Centros de Acogida Residencial.
Medidas
En este contexto, los Centros de Emergencia Mujer se han convertido en Equipos Itinerantes de Urgencia (EIU), que van al hogar de la víctima cuando es necesario para brindarles protección, reduciendo el riesgo de contagio. Estos equipos han atendido 3497 casos de violencia; de los cuales 85% fueron mujeres víctimas (3030). De estos casos, 34% fueron niños, niñas o adolescentes (1196) y 4% de personas adultas mayores (133 casos).
Los Servicios de Atención Urgente también siguen activos y han registrado 970 atenciones, de las cuales 75% fueron a favor de mujeres (735) y 25% a hombres (235). De estos casos, 34% corresponden a niños, niñas o adolescentes (537 casos) y 4% (85 casos) a personas adultas mayores.
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