Un padre recuperará las visitas a sus hijos anuladas por el coronavirus
Una sentencia establece el derecho de un padre separado a compensar los encuentros que no disfrutó durante el confinamiento
by ARTURO CERVELLERAEl Estado de Alarma no supone un paréntesis sin consecuencias en el régimen de visitas en el caso de custodia compartida. Una de las primera sentencias que aborda esta materia obligará a que un padre recupere las visitas de sus hijos que fueron anuladas entre el 16 de marzo y el 13 de mayo.
Así lo ha establecido el magistrado de un juzgado de Sueca que ha atendido la demanda del progenitor, que reclamaba una compensación por no haber podido disfrutar del habitual régimen de visitas durante dos meses. La sentencia establece que se tienen que subsanar las jornadas que le correspondían durante las vacaciones de Fallas, Semana Santa y las semanas ordinarias. En el auto se deja claro que desde el pasado 18 de mayo se reanudará el sistema de custodia compartida con unas novedades que se acotarán hasta el próximo curso lectivo ya que las dos localidades están en la misma provincia, apenas están separadas por 20 kilómetros y por tanto se puede viajar entre ellas sin problemas.
El juez indica que la nueva práctica contemplará que las semanas que los hijos estén con el padre se alargarán un día más de lo previsto, que se restará al período en el que habitualmente están con la madre. Además, durante los meses de verano, en lugar de que los hijos estén una quincena con el padre en julio y agosto lo estarán durante 22 días y en el mes de septiembre se volverá a la práctica de mayo y junio hasta el día 15, cuando se retomará la normalidad. En la sentencia también se dicta que cada progenitor tendrá que hacerse cargo de las costas derivadas del procedimiento y que las comunes deberán dividirse entre los dos miembros.
La sentencia de este tribunal valenciano es relevante debido a que es una de las primeras que se pronuncia sobre un conflicto derivado del Estado de Alarma y el confinamiento decretado por el coronavirus. Desde la sección de derecho de familia y sucesiones del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV) se remarca el hecho de que es un «procedimiento novedoso» y se tiene claro que sentará las bases de la jurisprudencia que se tendrán en cuenta en juicios similares en el futuro.