Los alivios para deudores de multas de tránsito por motivos de la pandemia
Desde el pasado 20 de mayo, el Gobierno expidió un decreto que establece fechas y beneficios a quienes deben multas, para que los ciudadanos se pongan al día.
by Redacción PolitícaA través del Decreto 678 del 20 de mayo, expedido en el marco de la emergencia a raíz de la pandemia del COVID-19, el Gobierno Nacional estableció una serie de medidas para la gestión tributaria, financiera y presupuestal de departamentos y municipios, entre ellas, la posibilidad que quienes en la actualidad deben multas por infracciones a las normas de tránsito puedan pagarlas aprovechando algunos descuentos.
La Federación Colombiana de Municipios y la Dirección Nacional del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito (Simit), al hacer una invitación a la ciudadanía a ponerse al día, recalcaron que los beneficios a los que los deudores pueden acceder son:
- Hasta el 31 de octubre de 2020, se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones.
- Entre el 1° de noviembre de 2020 y hasta el 31 diciembre, se pagará el 90% del capital sin intereses ni sanciones.
-Entre el 1° de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021, se pagará el 100% del capital sin intereses ni sanciones.
Gilberto Toro, director ejecutivo de Fedemunicipios, manifestó que dicha medida “es una gran oportunidad para que los deudores morosos se pongan a paz y salvo y puedan realizar sus trámites de tránsito sin ningún inconveniente”. Por su parte, la directora técnica del Simit, Sandra Tapias Mena, expresó que la entidad se está preparando para apoyar a los organismos de tránsito con los procesos correspondientes.
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