Cámara aprueba proyecto que busca proteger a mujeres que dan a luz tras ser violadas

La medida fue aprobada a viva voz

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La propuesta nueva ley impediría que el violador pueda intervenir para opinar sobre determinaciones de la madre gestante. (David Villafañe)

La Cámara de Representantes aprobó a viva voz en su sesión de hoy una medida con que se busca darle protección de ley a mujeres que, como consecuencia de una violación, hayan quedado embarazadas y hayan dado a luz a la criatura.

El Proyecto de la Cámara 1886, de la representante Maricarmen Mas Rodríguez, titulado “Ley para la Protección de Niños y Niñas Concebidos y Nacidos como Consecuencia de una Agresión Sexual”, dispone que cualquier madre que haya tenido un hijo producto de una violación podrá ampararse en el nuevo estatuto propuesto para impedir que el violador solicite alguna intervención durante el proceso de embarazo, derechos paterno-filiales, inscribir el niño o niña a su nombre o cualquier otro derecho relacionado con el concebido y nacido, a aquellos hombres agresores sexuales cuyo niño o niña fue concebido y nacido como consecuencia de dicha agresión sexual.

La propuesta nueva ley también impediría que el violador pueda intervenir para opinar sobre determinaciones de la madre gestante como una terminación del embarazo o dar en adopción la criatura.

A pesar de que el representante popular Luis Vega Ramos sostuvo que el proyecto pudiera estar basado en “buenas intenciones”, argumentó a la prensa que el texto de la medida complicaría el estado de derecho vigente en que la madre gestante puede, al momento de registrar su hijo o hija, simplemente disponer que se desconoce el nombre del padre.

Con el proyecto, se establece que una convicción o alegación de culpabilidad por agresión sexual será suficiente para poner en vigor las protecciones de la ley, pero también lee la medida que “la prueba de dicha alegación deberá ser una clara, robusta y convincente y satisfacer las garantías constitucionales del debido proceso de ley”. Esa prueba deberá ser presentada ante el Registro Demográfico.

“¿Vamos a convertir al Registro Demográfico en un mini tribunal?… el lenguaje abre la puerta para que las violaciones se litiguen en el Registro Demográfico”, sostuvo Vega Ramos.

De hecho, en la medida se dispone que el procedimiento de la inscripción y las relaciones filiales estará paralizado mientras no haya una sentencia final y firme o una alegación de culpabilidad por el delito de agresión sexual y que, como consecuencia de dicha agresión sexual, ocurrió la concepción.

“Luego de que advenga una alegación de culpabilidad o una sentencia final y firme por el delito de agresión sexual, la víctima puede, en un término de seis meses, presentar la sentencia o alegación ante el Registro Demográfico, y de esta forma la prohibición que establece la ley es permanente. En los casos que la víctima no pueda presentarla por incapacidad o muerte, el Tribunal deberá notificar la sentencia al Registro Demográfico”, lee el proyecto.

El legislador popular advirtió también que el proyecto tendría el efecto, al borrar el nombre del violador de certificado de nacimiento, de igualmente liberarlo de cualquier responsabilidad económica que tenga con la criatura nacida.

“Para ser un proyecto de buena fe, pero crea otros problemas más peligrosos”, dijo Vega Ramos.

Según la Exposición de Motivos de la medida, durante el 2017 se reportaron 1,385 querellas de delitos sexuales en el país. La mayoría de las víctimas fueron mujeres (1,079) y solo 679 querellas fueron esclarecidas.