Confiado el Senado en que se aprobará su proyecto para fijar la fecha de las primarias

La Cámara de Representantes también presentó su propia medida

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La fecha propuesta por el Senado es el 9 de agosto. (GFR Media)

El presidente del Partido Nuevo Progresista, Thomas Rivera Schatz, está confiado en que el presidente de la Cámara, Carlos "Johnny" Méndez, acogerá su propuesta para fijar la celebración de las primarias el próximo 9 de agosto, así como un calendario puntual que estableció para los procesos electorales previos al evento.

Las disposiciones presentadas por el también presidente del Senado están contenidas en la Resolución Conjunta 556 (RCS), aprobada ayer en la Cámara Alta. Méndez, quien había presentado su propia pieza legislativa a estos fines, tendría que acoger las sugerencias del líder de la Palma.

Rivera Schatz destacó el peso que tiene la resolución conjunta de ese cuerpo porque es de la autoría de presidentes de dos partidos políticos y sus respectivos senadores.

“Ya conversaré con el presidente de la Cámara que ya me había dicho que no tenía problemas en enmendar la suya o atender una que viniera del Senado. La resolución que presentamos viene de los dos presidentes de los partido. Viene con el consenso de ambos. Es un mensaje que debe conservarse y proyectarse”, afirmó Rivera Schatz.

La RCS 556 fue presentada y aprobada ayer, a semanas de que el presidente cameral presentará la Resolución Conjunta de la Cámara de Representantes 681 (RCC) que, inicialmente, proponía la fecha del 12 de julio para celebrar las primarias. La medida fue enmendada para descartar dicho día y acoger la del 9 de agosto.

Con la radicación de la RCS 556, habrá que ver qué determinación toman los líderes legislativos para atender la fecha de las primarias. Una opción es consolidar las piezas legislativas. Méndez no respondió a llamadas de este medio.

La RCC 681, además de posponer para el 9 de agosto las primarias, permite que el voto adelantado esté disponible para toda persona que tenga miedo a contagiarse con el COVID-19. Mientras que el proyecto del Senado 556 no solo amplía el voto adelantado a más electores como personas mayores de 60 años o aquellas con problemas inmunológicos, sino que permite que ese mecanismo de votación se efectúe el día antes de la fecha de las primarias.

Igualmente, la medida permite que los electores sean segmentados por edad para protegerlos de un posible contagio con el virus y fija el horario de votación para las primarias de 8:00 a.m. a 6:00 p.m. También dispone que podrán ser centros de votación “los espacios abiertos como canchas bajo techo, centros comunales, o cualquiera de similar naturaleza, incluyendo la posibilidad de establecer centros de votación que funcionen por servicarro (curbside voting)”.

El presidente del Partido Popular Democrático (PPD), Aníbal José Torres, dijo a este medio que la medida presentada busca “atender el derecho que tienen los electores -con relación a la emergencia decretada- que las poblaciones de alto riesgo no se vean privadas de ejercer el derecho al voto, que se le ofrezcan alternativas y para los mayores de 60 años -que es una población mucho más vulnerable- pues que se pueda tener también en consideración un horario preferencial para poder emitir su voto”.

“Por eso, extendemos el horario de votación hasta las 6 de la tarde para que los partidos puedan establecer su mecanismo de cómo honrar esa preferencia”, agregó.

Dijo que la pieza legislativa “recoge las preocupaciones de ambos presidentes (del PPD y del PNP) y de nuestros comisionados electorales y ahora pues nos corresponde establecer mediante reglamento de primarias -de cada partido- los pormenores de ese marco para las primarias”.

Torres sostuvo que desconoce qué pasara con la medida de la Cámara de Representantes. Pero destacó que el senador Luis Daniel Muñiz había presentado una legislación para atender la fecha de las primarias y ayer la retiró para hacerse coautor de la resolución conjunta del Senado 556.

¿Para quiénes el voto adelantado?

El voto adelantado, según lo dispone la resolución, estará disponible no solo para las personas con problemas con movilidad y funcionarios públicos que trabajan en las primarias, sino también para personas mayores de sesenta años; trabajadores que provean servicios esenciales en la emergencia como primeros respondedores, empleados de la cadena de la industria de alimentos y otra persona que se encuentre trabajando en algún asunto relacionado a la emergencia ocasionada por la pandemia.

También tendrán derecho al voto adelantado las personas con enfermedades crónicas del pulmón, asma moderada o severa, debidamente certificada la condición por un médico autorizado a ejercer la profesión en Puerto Rico; las personas con enfermedades del corazón con complicaciones, personas con el sistema inmunológico comprometido como pacientes de cáncer; personas con obesidad mórbida o bajo cualquier otra clasificación de salud vulnerable o de alto riesgo, según las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y sea debidamente certificada la condición por un médico autorizado a ejercer la profesión en Puerto Rico.

La medida recalca que todas estas condiciones deben ser certificadas por un médico para poder acceder al voto adelantado.

Para aquellas personas que estén en cuarentena a causa del COVID-19, se establecerá “un mecanismo” para que puedan ejercer su voto sin acudir a un centro de votación, indica la resolución.

La pieza legislativa además dispone que en los casos en que no haya acuerdo entre los comisionados electorales sobre alguna situación o decisión sobre la resolución conjunta, la determinación será “únicamente con los comisionados electorales de los partidos que vayan a celebrar primarias para seleccionar a los candidatos a figurar en la papeleta en las elecciones generales”. “El Presidente (de la Comisión Estatal de Elecciones), tomando en cuenta la recomendación de los comisionados de los partidos que vayan a celebrar la primaria, tomará la decisión que mejor se ajuste a los propósitos de esta resolución conjunta”, dice la medida.

Asimismo, la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) debe presentar a la Legislatura -antes del 30 de junio- un informe con los cambios adoptados, agrega.

Este es el calendario electoral que propone la RCS 556 para la CEE:

10 de junio de 2020- La Comisión preparará la lista oficial de todos los Aspirantes presentados y, a partir de ese momento, no se podrá añadir o eliminar nombres en esta.

15 de junio de 2020- La Comisión de Primarias de cada Partido Político completará el diseño de la papeleta por cada precinto.

20 de junio de 2020- La Comisión determinará la ubicación de los colegios de votación en centros de votación dentro de la Unidad Electoral en que estén domiciliados los electores que la componen.

20 de junio de 2020- Fecha límite para que los electores hábiles soliciten el Voto Ausente.

25 de junio de 2020- Fecha límite para envío de papeleas de Voto Ausente para los electores fuera del territorio de Estados Unidos.

30 de junio de 2020- Fecha límite para la inscripción, reactivación, transferencia y reubicación de electores que participarán en las primarias.

9 de julio de 2020- Fecha límite para que los electores hábiles soliciten el Voto Adelantado.

10 de julio de 2020- Fecha límite para envío de papeleas de Voto Ausente para los electores fuera en el territorio de Estados Unidos.

15 de julio de 2020- Fecha límite para que la Comisión publique los nombres de las personas recusadas.