Tres criterios financieros para determinar si la empresa puede ir a proceso concursal
Enrique Castellanos, profesor de Finanzas de la Universidad del Pacífico, sostiene que los procesos concursales se volverán como las unidades de cuidados intensivos de las empresas por la crisis del COVID-19.
La crisis económica que atraviesa el mundo por el COVID-19 ya está presente en el país desde hace buen rato. Sin embargo, su repercusión ha entrado a una nueva fase en la que las grandes empresas del país están adoptando medidas como el ingreso al procedimiento concursal ante Indecopi con el objetivo de salvaguardar sus activos, pero también con la intención de ordenar sus pasivos y no caer en bancarrota con la crisis.
Alfonso Pérez-Bonany, Director del área concursal de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, explicó a Gestión.pe que existen dos modalidades del procedimiento concursal. Uno es el procedimiento concursal ordinario, en el cual la empresa se declara en insolvencia; otro es el procedimiento concursal preventivo, en el cual –como su nombre lo indica- se busca prevenir la insolvencia de la deuda.
“Las similitudes consisten en que ambas te dan un espacio de negociación para que el deudor pueda intentar a llegar un acuerdo en la mayoría de sus acreedores. En ambos casos, mientras dure el procedimiento el patrimonio del deudor es inembargable. La diferencia es que, en el ordinario, los acreedores pueden escoger la reestructuración del negocio o la liquidación del negocio como forma de pago. En el preventivo, solo existe una alternativa, es decir la reestructuración y no existe la liquidación”, señala Pérez-Bonany, de PPU.
Según explica el experto en derecho procesal, una diferencia adicional es que, en los procesos ordinarios, la Junta de Acreedores reemplaza a la Junta de Accionistas y por lo tanto tiene autoridad sobre el negocio en crisis. Sin embargo, bajo el procedimiento preventivo, la administración permanece en los accionistas pues tiene el enfoque de reestructuración del negocio. La Junta de Acreedores solo tiene facultad para aprobar o no el plan de pagos que propone la empresa
“En todos los casos, el inicio de un procedimiento concursal supone una señal de alerta. Si es un preventivo, es una señal de alerta sobre una iliquidez temporal. En caso del procedimiento ordinario, es una señal de alerta sobre una situación de crisis. Sin embargo, nunca el concurso supone la quiebra. La quiebra supone el fin de la empresa y eso solo sucede cuando termina el proceso de liquidación”, señala Pérez-Bonany.
Tres criterios financieros para optar por el proceso concursal
Para Enrique Castellanos, profesor de Finanzas de la Universidad del Pacífico, el gran beneficio para una empresa que desee acceder a un procedimiento concursal –en especial el preventivo- es la inembargabilidad de los activos. “Ningún acreedor puede tratar de embargarte las cuentas o tratar de congelarte activos. Te blindas y no pueden atacarte”, señala Castellanos.
Pero, ¿en qué momento es conveniente optar por el proceso concursal? ¿cuánto es la ratio de deuda que puede soportar una empresa durante esta crisis? En ese sentido, Castellanos sostiene que cada caso debe analizarse individualmente, dependiendo de múltiples factores. Por ejemplo, el tamaño de la empresa, el giro de negocio, el nivel de endeudamiento y la afectación del flujo de caja futuro en este contexto.
“Pero, sobre todo, las más proclives a hacer esto son las compañías más endeudadas. Si tienes una compañía con cero deudas, tendrías que estar en un negocio muy difícil para necesitar acogerte a este procedimiento. Normalmente, entras a esto cuando tienes un montón de deuda y tenías un negocio que pagaba la deuda, pero estabas jugando al filo. Cuando no tienes deuda, tienes margen de acción”, señala Castellanos.
Sin embargo, el catedrático de la Universidad del Pacífico considera que hay tres factores que son cruciales al momento de hacer la evaluación financiera de una empresa.
En primer lugar, Castellanos sostiene que es importante evaluar el nivel de la estabilidad del flujo de caja en el futuro.
“Si tienes una empresa que un día produce 10,000 y al otro día produces 0, no eres un buen prospecto para tomar deuda porque lo que quiere un banco es que tengas un flujo de caja estable”, apunta.
El segundo factor a evaluar, manifiesta Castellanos, es el grado de liquidez de la empresa y el nivel de liquidez de sus activos. “Debes evaluar que tus activos sean relativamente líquidos para que así puedas vender el activo, y eventualmente obtener dinero relativamente fácil y puedas pagar tu deuda”, explica.
“Por ejemplo, los bancos se pueden endeudar más porque todo es líquido. Las empresas comerciales se pueden endeudar más porque también tienen más rotación. Las empresas industriales normalmente se endeudan menos porque tienen activos fijos que no se pueden vender. Las aerolíneas se endeudan bastante porque sus activos son líquidos. Los aviones se pueden vender con relativa facilidad”, indicó el docente de Finanzas.
La tercera condición es el nivel de rentabilidad del negocio en el futuro. Castellanos sostiene que pueden haber empresas con un flujo de caja rentable, que carecen de estabilidad, así como flujos de cajas estables que carecen de rentabilidad. Por lo tanto, en un contexto de incertidumbre, como el del COVID-19, el nivel de rentabilidad proyectado al futuro, dependiendo del giro de negocio, es una característica a evaluar.
“No puedo decir cuál es el nivel máximo de deuda una empresa. Nadie pudo prever que venga una crisis de este tamaño y que sea tan generalizada. Esto es general. Es bien complicado esta situación y que nadie iba a imaginar que si antes vendías 100, ahora te vas a 0, 10 o 20. El procedimiento concursal será como la Unidad de Cuidados Intesivos (UCI) de las empresas”, sostuvo Enrique Castellanos.
Los sectores que demandarían los procedimientos concursales
Alfonso Pérez-Bonany, Director del área concursal de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría, señala que, dada la coyuntura, muchas empresas que pagan impuestos y generan empleos, pero que se han visto afectadas por la iliquidez temporal producto del COVID-19, van a optar por el procedimiento concursal preventivo, por lo que podría convertirse en un “remedio popular” para este tipo de empresas. “Va haber una demanda muy grande”, señala.
A su vez, Pérez-Bonany recuerda que en la década de los 90’, cuando el país también atravesaba duros momentos económicos, fueron empresas de múltiples sectores las que optaron por este tipo de procedimientos. Sin embargo, ahora las que se verían afectadas estarían más vinculadas al consumo interno.
“En aquella época estaban muy golpeadas las empresas pesqueras, los canales de radio y televisión, las siderúrgicas. Es un tema coyuntural. En una situación como la actual, casi las empresas que se van a acoger a los concursos son aquellas que se han visto más impactadas por las restricciones del Gobierno, es decir empresas relacionadas con el transporte, el turismo, el retail, cines, actividades de esparcimiento, conciertos, turismo”, indicó Pérez-Bonany.