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Agua y saneamiento: montos facturados en exceso durante la emergencia se devolverán al usuario

Usuarios comerciales o industriales que no operan pueden solicitar la suspensión de los servicios. Sunass vigila la correcta facturación y el fraccionamiento de recibos impagos emitidos durante la emergencia para evitar cobros excesivos.

La Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) publicó la Resolución de Consejo Directivo Nº 012-2020-Sunass-CD, que establece disposiciones extraordinarias relacionadas con los servicios de saneamiento y el servicio de monitoreo y gestión de uso de aguas subterráneas durante el estado de emergencia nacional, con el fin de asegurar la continuidad del servicio y salvaguardar los derechos del usuario.

Una de las principales medidas de esta norma es la devolución al usuario de posibles montos en exceso facturados durante el estado de emergencia, debido a la aplicación del promedio histórico de consumo.

Las empresas prestadoras que no hubiesen hecho las lecturas por efecto de las medidas de aislamiento social dispuesto en el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y sus prórrogas, y que hayan facturado basándose en el promedio histórico o asignación de consumo; al reanudar las lecturas deberán establecer el volumen efectivamente consumido por el usuario, según determine la diferencia de lecturas existente desde la última lectura anterior al aislamiento.

Operatividad
Ese volumen será prorrateado entre el número de meses en que se facturó por promedio histórico o asignación de consumo y el mes en el que se efectuó la lectura.

En el caso de que el volumen facturado por promedio histórico excediera al volumen calculado por la diferencia de lecturas, las empresas prestadoras deberán efectuar la devolución correspondiente al usuario, mediante una nota de abono en el primer recibo facturado por diferencia de lecturas.
Mientras que cuando el volumen calculado por la diferencia de lecturas sea menor, la empresa prorrateará el exceso entre el número de meses que dure el aislamiento social.

Es importante indicar que la regulación vigente considera que los usuarios comerciales e industriales que no operan pueden solicitar la suspensión de los servicios de agua potable y alcantarillado mientras dure el estado de emergencia.

La Sunass, como parte de sus funciones, vigila la correcta facturación y el fraccionamiento de los recibos por servicios de saneamiento para impedir los cobros excesivos a los usuarios.

Al respecto, el presidente ejecutivo de la Sunass, Iván Lucich Larrauri, manifestó que la entidad programó sesiones virtuales orientadoras con las 50 empresas prestadoras sobre la correcta aplicación de la estructura tarifaria y la adecuada facturación, con la finalidad de que no incurran en errores que afecten a los usuarios.

Atención
La Sunass tiene a disposición de la ciudadanía su plataforma de atención remota conformada por el Fono Sunass (6143180 y 6143181), la línea gratuita 080000 121 (solo para provincias), el correo electrónico sunass@sunass.gob.pe, así como sus redes sociales oficiales en Facebook y Twitter, para que presenten sus consultas o reporten problemas que no son atendidos oportunamente por las empresas de agua y alcantarillado.

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