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¡Optimizan inspecciones! Sunafil delimita criterios para la urgencia o prioridad de las denuncias laborales

Institución privilegiará uso de las tecnologías para agilizar la verificación del cumplimiento laboral.

La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) precisó los criterios que resultarán relevantes para la atención de las denuncias laborales, y, en esa línea, delimitó los lineamientos que permitan establecer la urgencia o prioridad con la que deberán ser atendidos, priorizando así derechos fundamentales o de seguridad y salud en el trabajo.

Fue al modificar el procedimiento del servicio de atención de denuncias laborales, con disposiciones dirigidas a privilegiar el uso de las tecnologías, a fin de agilizar y optimizar este proceso en favor del cumplimiento laboral, señala la Resolución de Superintendencia Nº 082-2020-Sunafil, que aprueba la versión 3 de la Directiva Nº 002-2017-Sunafil.

Así, con esta nueva versión de la directiva se optimiza el proceso de atención de la denuncia ya que, al ser la primera etapa, permite determinar el mecanismo o modalidad para que la Inspección del Trabajo cumpla con sus finalidades, de acuerdo con la Ley General de Inspección del Trabajo.

La norma, asimismo, dispone la presentación de una denuncia virtual que cuenta con un formato que tenga la información mínima y necesaria, además de presentarse a través de las herramientas tecnológicas, como es la página web de la autoridad inspectiva competente.

Casilla electrónica

Las respuestas remitidas por la inspección del trabajo se efectuarán, preferentemente, a través del correo electrónico o, de ser el caso, mediante la casilla electrónica de la Sunafil. Estas herramientas se usarán, por ejemplo, para requerir la subsanación sobre los requisitos de la denuncia presentada.

Con la casilla electrónica se permitiría una interacción bidireccional con el denunciante y el denunciado, pues ambos, en su calidad de trabajador o empleador, pueden acceder a ella.

El Decreto Legislativo Nº 1499, que estableció medidas para garantizar y fiscalizar la protección de los derechos sociolaborales en el contexto de la emergencia sanitaria por el covid-19, modificó diversos artículos de la Ley General de Inspección del Trabajo y se requería ajustar las directivas vigentes para establecer un tratamiento uniforme para las denuncias.


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