Ejecutivos con sueldos mayores a $250.000 no recibirán el ATP

El Gobierno dejó de lado ayudas para los CEO de grandes empresas que también recibieron sumas estatales para completar su salario

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El Gobierno excluyó del beneficio de salario complementario a los trabajadores en relación de dependencia que perciban un salario bruto mensual de $250.000, luego de que se diera a conocer que ejecutivos de grandes empresas también habían cobrado parte de su sueldo a partir del aporte estatal, que tiene un tope de $33.750.

De acuerdo al Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción ( ATP), el 1% de los más de 2 millones de empleados que recibien la ayuda tiene ingresos superiores a los $250.000 por mes y el 8%, más de $100.000.

Según la decisión administrativa 887/2020 publicada hoy en el boletín oficial, el Comité recomendó que "no queden comprendidos como potenciales beneficiarios del Salario Complementario los trabajadores y trabajadoras cuya remuneración bruta devengada en marzo de 2020 supere la suma de $250.000".

"Trabajadores de muy altos ingresos -si bien muy pocos en cantidad- están recibiendo una asistencia de $ 33.750", argumentó en uno de los anexos de la resolución.

"Dado que la situación de este pequeño conjunto de trabajadores es notoriamente más holgada que la del resto, se sugiere excluirlos de la ATP, para así poder direccionar los recursos estatales a quienes corran mayores riesgos de caer en situaciones de vulnerabilidad económica", evaluó el comité.

 

Por otro lado, el Gobierno definió que difundirá a través de internet el listado de las empresas y los particulares que reciban los beneficios contemplados en el Programa, también a partir de una recomendación del Comité a través del Acta 11, cuyo contenido acompaña la Decisión Administrativa 887/2020 publicada hoy en el Boletín Oficial.

El Comité propuso que, en orden a una adecuada difusión de la información relativa al ATP, "la Jefatura de Gabinete proceda a publicar en el sitio web que a tal fin disponga" la información relativa a los beneficiarios del Programa.

Al respecto, propuso que se publique el listado de beneficiarios incluyendo sus CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria), nombres, actividad y especie de beneficio acordado, de los beneficiarios de la postergación o reducción de hasta el 95% de las contribuciones patronales destinadas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

También, indicó que se incluya el listado de empleadores cuyos trabajadores se ven  alcanzados por el beneficio, incluyendo sus CUIT, nombres, actividad y cantidad de beneficiados por empresa, de aquellas que accedan al Salario Complementario.