Sala rechaza plazo de 14 semanas para repatriar a miles de salvadoreños varados
“El plazo de 14 semanas propuesto se vuelve irrazonable”, dice la Sala, por lo cual las autoridades respectivas “deben utilizar al máximo sus recursos y capacidades" para que el plazo sea menor. Le ordena al Ejecutivo entregar nuevo plan.
by Mario GonzálezLa Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) le ordenó al Gobierno que reduzca “a un plazo razonable” el tiempo de retorno previsto para los miles de salvadoreños varados en el exterior.
El gobierno de Nayib Bukele ha previsto hacer las repatriaciones en un plazo de tres meses, pero al Tribunal Constitucional no le parece.
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Por lo anterior le manda “la reducción del plazo de ejecución propuesto (14 semanas) a uno que resulte razonable tomando en consideración los derechos fundamentales en juego”.
En consecuencia, le ordena que le informe la periodicidad con la que se pretenden organizar los vuelos de retorno de grupos de 100 u otra cantidad.
En consecuencia, si bien se reconoce la complejidad del plan de repatriación, las autoridades involucradas en la elaboración y ejecución del mismo “deben utilizar al máximo sus recursos y capacidades para que el plazo propuesto resulte razonable”.
En una resolución emitida el pasado 8 de abril, la Sala ordenó al Gobierno que procurara el retorno de 4,500 salvadoreños varados en varios países (las autoridades dicen que son menos) conforme las recomendaciones giradas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su Resolución 1/2020 sobre pandemia y derechos humanos en América Latina.
En aquella oportunidad, la Sala ordenó que el plan debe ser gradual, se debe priorizar los casos más urgentes y que los repatriados cumplan con la cuarentena sanitaria al llegar al país.
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“Dicho plan tendrá que incluir criterios objetivos a efecto de priorizar el regreso escalonado de aquellos salvadoreños que se encuentren en una situación de mayor vulnerabilidad o de urgente necesidad personal o respecto de terceros, por lo que debe realizarse cuanto antes -si no se posee- un registro o base de datos de los connacionales que se encuentren en esas circunstancias y establecer prelaciones de retorno”, señala la resolución.
Entre las personas a quienes se les debe priorizar su retorno se encuentran los adultos mayores y de condición de salud vulnerable, salvadoreñas embarazadas o en período de lactancia, padres de familia que están sin sus hijos menores de edad y que dependen de ellos, y las personas que las autoridades gubernamentales determinen, que están en una mayor situación de vulnerabilidad o de urgente necesidad de repatriación.
En esta oportunidad la Sala ha ordenado además que en el plazo de tres días el Gobierno le entregue un informe con el dato exacto de los salvadoreños que serán repatriados, tomando en consideración el número de connacionales que, según la información recabada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, ha expresado su intención de regresar al territorio nacional, con independencia de que hayan previsto fechas de retorno más o menos distantes. La información deberá desglosarse por edad, sexo y ubicación geográfica, entre otros criterios.
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Además deben consignar el total de salvadoreños en condición vulnerable, detallando edad, sexo y situación de cada uno de ellos, entre otros.
El informe debe incluir el total de centros de aislamiento con fines sanitarios y espacios disponibles en cada uno de ellos con los que las autoridades cuentan en este momento, a efectos de que ese Tribunal “pueda valorar la razonabilidad del plazo propuesto, y así aprobarlo o rechazarlo”.
El pasado 21 de mayo, durante el foro virtual “Salvadoreños varados en el exterior en el contexto del COVID-19”, las máximas autoridades de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de Human Rights Watch y de la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) plantearon también la obligación que tiene el Gobierno salvadoreño tiene que garantizar el inmediato retorno de los 4,500 salvadoreños que se quedaron varados en el exterior, porque de lo contrario se les estaría violando su derecho a la nacionalidad y a ingresar a su propio país.
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