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Qué dice el Decreto que oficializó la extensión de la cuarentena

El documento que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y todos sus ministros, detalla las razones por las cuales se decidió seguir con el aislamiento.

Como estaba previsto, este lunes se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 493/2020, a través del cual el Gobierno nacional hizo efectiva la prórroga hasta el 7 de junio, y que estará operativo desde mañana.

En apenas 7 artículos, proclama no sólo su continuidad sino también la de "toda la normativa complementaria dictada respecto" del ASPO, cuyo objetivo es combatir la pandemia del coronavirus.

Además, el documento, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de todos sus ministros, enumeró las razones por las cuales se decidió continuar con la cuarentena por otras dos semanas, algunas de las cuales ya habían sido explicadas por el jefe de Estado durante la última conferencia de prensa que encabezó en la Quinta de Olivos.

Entre los considerandos, el texto señala que, “las medidas adoptadas "han permitido, hasta el momento, contener la epidemia, por la aparición gradual y detección precoz de casos y por la implementación de las acciones de control ante casos con menor tiempo de evolución, registrándose una disminución en la velocidad de propagación en una gran parte del país, y habiéndose evitado, hasta la fecha, la saturación del sistema de salud, a diferencia de lo sucedido en otros lugares del mundo".

Agrega que "se estima que se deben seguir adoptando decisiones que procuren reducir la velocidad de los contagios y la morbimortalidad, continuando con la adecuación del sistema de salud para mejorar su capacidad de respuesta".

Destaca, en otra parte de las 11 páginas que, "el objetivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio ha sido y sigue siendo la recuperación del mayor grado de normalidad posible en cuanto al funcionamiento económico y social, pero con fuerte monitoreo de la evolución epidemiológica, especialmente en aquellas situaciones que requieren un abordaje especial y diferencial, para contener en forma oportuna y suficiente la demanda creciente de casos y las particularidades de cada situación".

Finalmente decreta, en su artículo primero: "Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, que fuera prorrogado por los Decretos Nros.

325/20, 355/20, 408/20 y 459/20. Asimismo, prorrógase hasta dicha fecha la vigencia de toda la normativa complementaria dictada respecto del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde la entrada en vigencia del Decreto N° 297/20, hasta el día de la fecha.

Y en su artículo segundo: "Prorrógase hasta el día 7 de junio de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 459/20 y de toda la normativa complementaria dictada respecto del "aislamiento social, preventivo y obligatorio", desde la entrada en vigencia del mismo, hasta el día de la fecha.

Decreto completo