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Personal de salud será clave en la reanudación de labores

En especial en los sectores Minería, Hidrocarburos y Electricidad.Exigencia de médicos ocupacionales permitirá mitigar riesgo de contagios en empresas.

Ante el impacto económico generado por el covid-19, las empresas de los rubros Minería, Hidrocarburos y Electricidad deben involucrar a profesionales de la salud en la gestión para la reanudación o mantenimiento de sus actividades.

Así lo sostuvo el laboralista Carlos Espinoza Carranza, quien además consideró esencial que estas empresas capaciten a sus trabajadores sobre las medidas preventivas contra la pandemia para una gestión con éxito.


Medidas

A criterio del experto, la participación de médicos ocupacionales en el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de estas empresas y en elaboración de sus respectivos planes para la vigilancia, prevención y control del covid-19 en el trabajo, resulta necesario para que permanentemente estos galenos se aboquen a identificar cualquier tipo de contagio que se pueda producir.


En específico en las unidades de producción, pues un contagio en el contexto de las actividades en aquellos rubros puede ser bastante peligroso, debido a que las labores se ejecutan en espacios cerrados en donde conviven bastantes personas, precisó.


En esa medida, advierte que una eventual exposición al covid-19 puede ser perjudicial para toda la operación empresarial, por lo que además se deben crear zonas de aislamiento para casos sospechosos de contagio y contar con enfermeros y otros profesionales de la salud en los centros de trabajo.


Se requiere, entonces, para evitar contingencias, el compromiso del empleador en la implementación efectiva de las medidas de seguridad correspondientes con la participación directa del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa, así como campañas de difusión de prevención y control de la pandemia a los trabajadores.


En esa línea, en los protocolos de actividades y planes para la vigilancia, prevención y control del covid-19 de aquellas empresas que se elaboren según los lineamientos sanitarios dados por el sector Salud se deben detallar el número de trabajadores, riesgo de exposición por puesto de trabajo y las características de vigilancia y control, indicó.


Además, dijo, deben detallarse las acciones previas al traslado o ingreso del personal a las unidades o centros de control de las empresas, no permitiéndose bajo ninguna circunstancia el ingreso de alguien sospechoso de contagio con la pandemia.


Con respecto a la limpieza y desinfección de los ambientes y áreas de trabajo, el empleador está obligado a proveer a quienes realicen esta labor el listado de todas las sustancias que deberán utilizar para su cometido.


Para tal efecto se deberá capacitar a ese personal sobre el uso de esas sustancias proporcionándoles los equipos de protección personal, señaló el experto y miembro del Estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas.


Declaración jurada

En caso que un trabajador que integre el grupo de riesgo desee concurrir a laborar, la normativa lo faculta a suscribir una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria. Aunque, Espinoza considera que antes de su entrega al empleador este documento debe ser revisado por un profesional de la salud al resultar bastante riesgoso porque expone al personal a un posible contagio.


Datos

Corresponde a las empresas de los rubros Minería, Hidrocarburos y Electricidad implementar protocolos sanitarios para los campamentos y hospedaje del personal, atendiendo a que la distancia entre camas no debe ser menor a 1.50 metros.


Los factores de riesgo del personal deben obtenerse mediante exámenes ocupacionales o por exámenes presenciales que determinan los protocolos específicos para cada actividad.


El objeto de todas estas acciones es asegurar las medidas de prevención y detección temprana, así como de respuesta de estos sectores para mitigar el riesgo del covid-19.