SBS propone modificaciones al reglamento de registro nacional de cooperativas
Están vinculados con su constitución y conformación, idoneidad moral de sus directivos y funcionarios, entre otros.
Como resultado de la experiencia de supervisión de las cooperativas de ahorro y crédito (Coopac), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) prepublicó un proyecto de modificación del Reglamento de Registro Nacional de Cooperativas de Ahorro y Crédito No Autorizadas a Captar Recursos del Público y de las Centrales (Resolución SBS N° 4977-2018).
El objetivo de la propuesta es que, al momento de otorgárseles el registro correspondiente, las Coopac o centrales hayan cumplido con acreditar todos los requisitos básicos exigidos, vinculados con su constitución y conformación, idoneidad moral de sus directivos y funcionarios, idoneidad técnica de sus principales funcionarios, soporte tecnológico mínimo para cumplir sus obligaciones.
Responsabilidades
Además, se requiere que los directivos tengan conocimiento de sus responsabilidades como gestores de una Coopac o central, lo cual fortalecerá y consolidará el sistema de ahorro y crédito cooperativo.
Entre los principales aspectos del proyecto, destacan la modificación de los requisitos para la inscripción en el Registro Coopac y el establecimiento de precisiones respecto a la inactividad como causal de exclusión de dicho registro. También se plantean precisiones para la inscripción de las Coopac que se encuentren en proceso de disolución y liquidación en trámite ante el Poder Judicial.
El proyecto, que se encuentra publicado el portal de la SBS, estará disponible desde hoy hasta el 30 de julio próximo, con la finalidad de recibir comentarios y sugerencias de las Coopac y del público en general.
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