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El alcalde electo José María Leyes. | Archivo | Los Tiempos

¿En qué consiste la suspensión de 90 días emitida contra Leyes por el Concejo Municipal?

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“Después de casi dos años de una noche oscura de pesadillas, hoy logramos tener libertad y eso nos permite pues otra vez, sentirnos con una inmensa alegría, con una inmensa felicidad, algo difícil de describir la verdad", fueron las primeras palabras del alcalde electo de Cochabamba, José María Leyes, ayer tras obtener medidas sustitutivas en el caso mochilas.

La autoridad electa confirmó que hoy volverá a la Alcaldía para asumir nuevamente su puesto. Sin embargo, Leyes tiene 90 días de suspensión, lo que le impediría retomar su cargo.

El Concejo Municipal de Cochabamba lo suspendió inicialmente con 30 días por una supuesta vulneración a las normas básicas de adquisición de bienes y servicios, relacionada con las irregularidades en la compra de mochilas escolares.

En marzo de 2019, se le sancionó con otros 30 días de suspensión por la “compra simulada” de vehículos que fueron entregados antes de lanzarse la licitación.

Sumó otros 30 días por la presunta violación de normas en el proceso de contratación del desayuno escolar en la gestión 2017.

Las suspensiones corren desde el momento en que Leyes ejerza sus funciones después de que la autoridad jurisdiccional competente determine que ya no tiene el impedimento para asistir a su fuente laboral.

Se trata de suspensiones administrativas sin goce de haberes, penas que no están relacionadas con el ámbito civil o penal.

Leyes obtuvo medidas sustitutivas en el caso Mochilas I y II. Sin embargo, la autoridad mantiene restricciones de arraigo, fianza y no puede comunicarse con testigos y peritos involucrados en el proceso.

Leyes, de los Demócratas, fue procesado por la presunta compra irregular de mochilas en 2016, 2017 y 2018, en base a informes de Transparencia, la Fiscalía y la Contraloría General del Estado.

Hasta ayer tenía detención domiciliaria por el caso Mochilas I, pero logró las medidas sustitutivas, al igual que en el caso Mochilas II. Ahora la autoridad edil puede defenderse en libertad cumpliendo con el arraigo y otras disposiciones.