Corte Suprema mantiene a Salvatore Mancuso tras las rejas

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La Sala de Casación Penal confirmó el fallo del Tribunal Superior de Barranquilla, que deja en la cárcel al exparamilitar por un nuevo proceso de lavado de activos con empresas de La Gata.

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia decidió dejar en la cárcel al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien quedará libre en Estados Unidos el próximo 27 de marzo tras pagar una condena de 12 años de prisión por narcotráfico.

El fallo, fechado el 29 de enero y con la ponencia de la magistrada Patricia Salazar, resolvió la apelación de la defensa de varios postulados de las AUC contra lo resuelto por el magistrado de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Barranquilla el pasado 24 de octubre.

Esto luego de que el 21 de octubre la Fiscalía imputara ante el tribunal a Mancuso y otros 52 exparamilitares por los hechos perpetrados por el Bloque Catatumbo y pidiera contra ellos medida de aseguramiento por los macrocasos de homicidios en persona protegida, desplazamientos y desapariciones forzadas, reclutamiento ilícito de menores y delitos de violencia de género.

La defensa, por su parte, pidió la sustitución de la medida de aseguramiento para 39 exparamilitares, entre ellos Mancuso, quien solicitó la libertad por haber cumplido con la pena que impone la Ley de Justicia y Paz, que son ocho años, pero tanto la Fiscalía como la Procuraduría se opusieron.

Por ello, el despacho barranquillero negó la petición de la defensa del exjefe cordobés de las AUC.

En contra de Mancuso se argumentó, entre otras cosas, que se le sigue una investigación nueva por lavado de activos y concierto para delinquir, delitos por los que lo imputaron el 16 de junio de 2014, y que serían por hechos posteriores a la desmovilización.

No obstante, la defensa dijo que la Fiscalía no demostró que hubieran sido hechos posteriores a la dejación de las armas y agregó que hay un montaje en contra del postulado.

La Corte Suprema, finalmente, resolvió darle la razón al tribunal: "Del contexto mismo es fácil advertir que (los hechos del lavado de activos) ocurrieron después de la desmovilización, pues se da cuenta de la alteración de la contabilidad en diferentes empresas, entre los años 2003 a 2006, y diversas irregularidades como el 'ocultamiento y ajustes de ingresos' y el incremento exagerado en los ingresos operacionales a partir del año 2007, especialmente en la empresa de seguridad 911 Ltda., encargada de prestar servicios de seguridad a establecimientos dedicados a la venta del chance".

Recuerda la Corte, citando a la Fiscalía, que esas empresas de propiedad de la condenada empresaria del chance, Enilce López, alias La Gata, "permitieron el ingreso y egreso de sumas de dinero provenientes de actividades de narcotráfico y concierto para delinquir desarrolladas por Salvatore Mancuso".

Mancuso, entre tanto, solicitó en enero pasado que se estudiara su sometimiento ante la JEP, en calidad de tercero civil financiador de grupos armados ilegales, por el respaldo a estos ejércitos paramilitares en Córdoba y Antioquia.

Precisamente, hace dos semanas el tribunal de paz negó el sometimiento, como exmiembro de las AUC, de Rodrigo Tovar Pupo, más conocido como Jorge 40, pero aceptó estudiar su sometimiento en calidad de tercero financiador.

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