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Redacción de El Confidencial. (EC)

El juez cierra la causa contra El Confidencial y antepone el derecho a informar

El Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional mantenía hasta el momento imputados al director, Nacho Cardero, y al subdirector Alberto Pérez Giménez

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha archivado el procedimiento abierto contra El Confidencial por la publicación de informaciones sobre los pagos de Iberdrola al comisario Villarejo. El Juzgado Central de Instrucción 6 de la Audiencia Nacional mantenía hasta el momento imputados por un delito de desobediencia al director, Nacho Cardero, y al subdirector Alberto Pérez Giménez después de que el diario continuara ofreciendo noticias sobre el caso tras recibir un requerimiento en el que se instaba a no hacerlo. En un auto, el magistrado desmonta la argumentación de los fiscales y su iniciativa de abrir estas diligencias.

"Con el archivo del caso, se repara una situación anómala y arbitraria, que suponía un ataque intolerable a la libertad de prensa en tanto en cuanto se cercenaba el derecho de los ciudadanos a estar informados, un derecho fundamental recogido en el artículo 20.1 d) de la Constitución”, explica Nacho Cardero, director de El Confidencial, tras conocer la desimputación. “A pesar de los requerimientos judiciales, este diario, como es su obligación, ha seguido publicando información veraz e independiente relativa a las grabaciones del comisario Villarejo a Iberdrola y otras empresas y personalidades. Lo hicimos, lo hacemos y lo seguiremos haciendo”.

La investigación se abrió el pasado noviembre cuando el magistrado citó a declarar como investigados a ambos por continuar publicando el contenido de las grabaciones sobre el presunto espionaje del comisario Villarejo a ACS por encargo de Iberdrola, tras requerir el juez Manuel García Castellón todo el material obtenido antes de las 17:06 del martes 19 de noviembre sobre este caso y prohibir "publicar, en lo sucesivo, ese material".

Las informaciones, veraces y de indudable interés general, provocaron la dimisión del consejero de la constructora Manuel Delgado Solís, al que se vincula a las escuchas del comisario José Manuel Villarejo. La citación del director y del subdirector se produjo después de que dos agentes de Policía se personaran en las instalaciones del diario. Tras hacer entrega del requerimiento al subdirector, El Confidencial facilitó a los agentes todos los archivos de los que disponía el medio hasta ese momento, según pedía el oficio.

Un día después, el diario publicó una nueva información sobre el espionaje, centrada en la figura del presidente de ACS, Florentino Pérez. La noticia por la que se le atribuía la desobediencia indicaba que las grabaciones del caso Iberdrola confirmarían que la eléctrica trató de conseguir datos comprometedores de Pérez para frenar su entrada en el consejo de administración de la compañía. Los datos no llegaron, sin embargo, al diario hasta horas después de recibido el requerimiento.

El magistrado ha archivado, además, la investigación que mantenía contra 'Moncloa.com' y varios empleados del mismo medio por un delito de extorsión y otro de desobediencia. La Fiscalía Anticorrupción los acusaba, en este caso, de emplear los audios para extorsionar a empresarios y de publicarlos buscando favorecer a Villarejo, aunque nunca presentó ninguna prueba que permitiera sustanciar ninguna de esas acusaciones, y haber seguido informando sobre el caso tras haber sido requeridos para detenerlas.

El editor de Moncloa.com, Alejandro Suárez-Ocaña, negó ante el magistrado los hechos e indicó que nunca había tenido relación con el comisario jubilado ni con nadie de su entorno. También indicó que nunca había utilizado material del policía jubilado para presionar a nadie e incluso solicitó que se practicaran nuevas diligencias para despejar cualquier sombra de duda sobre la actuación del medio.

El juez ha resuelto ahora que, ante la inexistencia de la más mínima prueba incriminatoria por parte del Ministerio Público y la ausencia de testimonios que permitan apuntalar la supuesta conducta delictiva, sólo procede el archivo de las diligencias contra Moncloa.com para garantizar el ejercicio del derecho a la información.

Relevancia constitucional

En su auto el magistrado levanta el requerimiento efectuado a El Confidencial y Moncloa.com en el que se prohibía la publicación, en lo sucesivo, del material obtenido y relacionado con las presuntas grabaciones efectuadas al parecer por la empresa de Villarejo, Cenyt, por encargo de la mercantil Iberdrola, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia de no hacerlo. "Nos encontramos ante una medida con una marcada relevancia constitucional, pues la decisión de prohibir a dos medios de comunicación la publicación de determinadas noticias incide directamente en el contenido del derecho fundamental a la libertad de información que protege el artículo 20 de la Constitución", dice el juez.

García Castellón entiende que la ponderación entre la necesaria protección del derecho a la información y el deber de perseguir y esclarecer unos hechos aparentemente constitutivos de infracción penal justificó la adopción de "medidas urgentes e inmediatas". "Ninguno de los informes contenidos permite concluir un vínculo entre las grabaciones publicadas en los medios de comunicación y Villarejo, más allá de intuir que este fue el autor de dichas grabaciones", indica.

También señala el magistrado que las informaciones referidas a Villarejo "despiertan un evidente interés informativo, y que este tipo de noticias pueden contribuir a la formación de una opinión pública libre". "El juicio de valoración que puede realizar un equipo de edición de un medio informativo a la hora de decidir publicar las grabaciones quedaría amparado, 'prima facie', por el derecho a publicar la noticia en su medio, y a comunicar libremente una información veraz con relevancia pública", dice.

"No debe sorprender que un medio de comunicación decida publicar una grabación presuntamente realizada por Villarejo, ya que el medio puede justificar la decisión de publicar la noticia conforme a un criterio estrictamente periodístico. Pero es que, además, esta acción quedaría amparada por el derecho fundamental del artículo 20 de la Constitución, en la media en que se trate de un hecho veraz y con relevancia pública, como en el presente caso", insiste.

"Aun en el hipotético supuesto de que fuese el mismo Villarejo, o personas cercanas a este o de su entorno quienes hiciesen llegar la grabación al medio de comunicación, ello no impide que el medio de comunicación pueda difundirla, pues la decisión de hacerlo es legítima y está amparada por la Constitución", continúa el auto. En opinión del juez, "trazar un hilo de culpabilidad que permita engarzar, de un lado, la difusión de una noticia relativa a una grabación presuntamente procedente de Villarejo en un medio de comunicación, con un concreto resultado en el procedimiento penal, resulta prácticamente imposible desde el momento en que la acción aparentemente antijurídica del periodista que decide lanzar la publicación o del medio que acuerda su difusión, está amparada por un derecho fundamental".


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