¿Qué opina un economista sanjuanino sobre las medidas de Fernández para las Pymes?
Carlos Landa, el presidente de Consejo Profesional de Ciencias Económicas, se refirió a la moratoria que lanzó Nación, un beneficio en estos tiempos.
Después de que el Gonierno Nacional anunciara una quita promedio del 42% y plazos de hasta 10 años para pagar las deudas con la AFIP, entre otras medidas que son de beneficio para las Pymes, monotributistas y autónomos, el economista sanjuanino Carlos Landa celebró la moratoria y sostuvo que será necesaria una política de estabilidad macroeconómicauna.
Como ya se había anunciado, el ministro de Desarrollo Productivo de la nación, Matías Kulfas, y la titular de la AFIP, Mercedes Marcó Del Pont, lanzaron la moratoria prevista en la Ley de Solidaridad (Ley 27.541), que alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas y otros contribuyentes, entre los que se cuentan también monotributistas y autónomos. Es por ello que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de San Juan (CPCESJ) - a través de sus presidente Landa- se expresó sobre el tema.
“La moratoria, cuya reglamentación se espera, está prevista para las micro, pequeñas y medianas empresas y se enmarca en el programa que lleva adelante el gobierno nacional con el fin de aliviar la difícil situación financiera por la que atraviesan en la actualidad dichas empresas. Sin duda esta es una medida necesaria para la coyuntura actual, pero hacia adelante es imperioso establecer políticas que generen confianza y estabilidad macroeconómica, que posibilite a las Pymes una recuperación gradual y sostenida, permitiéndoles no solo afrontar sus deudas corrientes en materia de impuestos y recursos de la seguridad social, sino además cumplir con la deuda que se regulariza en la moratoria que se va a implementar”. indicó.
Los Detalles
Landa explicó que “si bien hay que esperar el texto definitivo de la reglamentación, como puntos salientes se destacan:
- Se establece la condonación parcial de intereses y el total de las multas.
- La deuda consolidada puede cancelarse Hasta 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras (hasta 60 cuotas para aportes y retenciones), con un plazo de gracia para el pago de la primera cuota (previsto para julio de 2020)
- Se fija una tasa del 3% mensual fija por un año y a partir de ese momento, una tasa variable.
- Se establece el levantamiento de embargos y suspensión de la acción penal.
- Se permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que un contribuyente tenga a favor en AFIP para restarlo de la deuda a incluir.
- Se permite la reformulación planes de facilidades de pagos vigentes o caducos en una sola cuota
- La moratoria Incluye a asociaciones sin fines de lucro, cooperativas y similares.
- Contempla beneficios adicionales para aquellos que se adhieran tempranamente
- No se mencionan beneficios para cumplidores , como si pasó en la moratoria anterior.
Certificado MiPyme
Algo muy importante es que los interesados en adherirse a la moratoria deben contar con el Certificado vigente MiPymes, gestionado hasta la fecha de vencimiento del plazo de adhesión, que opera el 30 de abril de 2020, improrrogable, ya que el mismo se encuentra establecido por la Ley.
La SEPyME demora unos días en aprobar y emitir el certificado con lo cual es muy importante solicitarlo con el adecuado tiempo previo, A partir de abril 2020, la renovación en el Registro de Empresas MiPyME será automática para aquellas empresas que tengan presentadas las declaraciones juradas de IVA y de Cargas Sociales de los últimos 3 ejercicios.