La SEMPSPH explica el significado de declarar una alerta sanitaria internacional - El médico interactivo

Ante la declaración de alerta sanitaria internacional de la OMS debido a la crisis del coronavirus de Wuhan, muchos se preguntan qué supone exactamente este protocolo que solo se ha activado en muy contadas ocasiones. Para aclarar este concepto, la Sociedad Española de Medicina Preventiva, Salud Pública e Higiene (SEMPSPH) ha aclarado una serie de ideas a tener en cuenta.

El primero de ellos es que, de acuerdo al Reglamento Sanitario Internacional (RSI 2005), una ‘alerta sanitaria internacional’ es un evento extraordinario que se ha determinado como un riesgo para la salud pública de otros estados a raíz de la propagación internacional de una enfermedad, que puede exigir una “respuesta internacional coordinada”, principal objetivo a tener en cuenta.

De esta forma, la idea es que la OMS pueda emitir una serie de medidas que se realicen de forma coordinada entre países, para evitar la propagación internacional. En concreto, se trata de unas medidas dirigidas a detectar la enfermedad de manera precoz, al aislamiento y el tratamiento de los casos, al rastreo de las personas que hayan estado en contacto con estas y a la limitación del contacto social.

Para ello, según la SEMPSPH,  al declarar la alerta sanitaria internacional se tienen en cuenta 4 criterios: la repercusión grave en la salud pública; que sea una enfermedad inusitada o imprevista; que exista riesgo de propagación internacional; y que implique el riesgo de imponer restricciones internacionales a los viajes o al comercio.

La implicación para España

En cuanto a la implicación que tiene para España, desde la SEMPSPH recuerdan que como miembro de la Unión Europea y en base al acuerdo con la Directiva 1082 de Amenazas Transfronterizas, las medidas ya se coordinan por medio del Comité de Seguridad Sanitaria de la Comisión Europea, por lo que de momento no se han recomendado modificaciones en los protocolos y medidas de los Estados Miembro.

De esta forma, existe el protocolo de actuación ante el 2019-nCoV realizado por el Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES), que se actualiza constantemente conforme aparece nueva información, así como a través de reuniones periódicas con las sociedades científicas y los epidemiólogos de las comunidades autónomas y del Centro Nacional de Epidemiología.

Por último, cabe recordar que hasta ahora la mayoría de las recomendaciones del Comité de Emergencias han ido destinadas a China, y al resto de países se ha hecho un llamamiento de solidaridad y cooperación con la comunidad global, desaconsejando de momento y con la información disponible las medidas adicionales que restringan el movimiento de personas y mercancía.