El tribunal de los ERE mantiene en libertad a los cuatro ex altos cargos condenados
La Audiencia no aprecia riesgo de fuga pero mantiene las medidas cautelares para comparecer periódicamente y no abandonar el país
by CECILIA CUERDOSevilla
Los cuatro ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados a las mayores penas en la sentencia de los ERE continuarán en libertad hasta que el Tribunal Supremo se pronuncie. La Audiencia Provincial de Sevilla rechazó este viernes la petición de la Fiscalía Anticorrupción de ordenar el ingreso inmediato en prisión de los exconsejeros de Empleo, Antonio Fernández y José Antonio Viera, y de los exdirectores de Trabajo Francisco Javier Guerrero y Juan Márquez al no apreciar riesgo de fuga. No obstante, mantiene las medidas cautelares de comparecer periódicamente en el juzgado y no abandonar el país.
En el auto, recibido con satisfacción por los cuatro afectados al entender que se impone la «presunción de inocencia», la Sección Primera de la Audiencia rechaza el riesgo de fuga de los cuatro condenados a más de siete años de cárcel por malversación y prevaricación recordando que «existen en el proceso otros acusados, condenados a idénticas o similares penas, respecto de los cuales no se solicita la prisión». «Eso significa que las acusaciones no aprecian este riesgo de fuga por razón de la pena impuesta», justifica la Audiencia, que además incide en que ni Fiscalía ni la acusación particular que ejerce el PP han dado «razón o justificación alguna» acerca de que «concurran circunstancias adicionales a esos otros acusados que permitan inferir racionalmente el riesgo de fuga».
La Audiencia rechaza además el argumento de que además de las condenas que ya recaen sobre ellos, tienen pendientes además varias causas judiciales, vinculadas a las distintas ayudas otorgadas bajo el procedimiento de los ERE que se dictaminó prevaricador. «Resulta difícil a este tribunal poder valorar esas otras causas pendientes como riesgo de fuga, pues para ello tendríamos que tener en cuenta no sólo la mera existencia de dichas causas, sino los indicios racionales existentes en las mismas contra los encausados», señala el tribunal, «máxime, cuando esas otras causas son piezas individuales derivadas de la división de la causa matriz, y consta en esta causa, resoluciones de otra Sección de esta Audiencia Provincial, excluyendo de las piezas individuales a los acusados en la presente causa, por aplicación del principio non bis in ídem», es decir, que nadie puede ser juzgado dos veces por un mismo hecho.
En este sentido, la Audiencia concluye que no existe en este caso «un riesgo objetivo más allá de la posibilidad, siempre existente, de que una persona decida no comparecer ante la Justicia», y recuerda que la «situación familiar, laboral y económica» tampoco permite suponer que vayan a eludir el proceso, a lo que se une que siempre que han sido citados han comparecido ante la justicia.
«No aparece ningún dato adicional del que pueda deducirse la sospecha de que puedan eludir la acción de la justicia», termina el fallo, que no obstante mantiene las medidas cautelares impuestas a Guerrero y Fernández y las extiende a los otros dos condenados, al considerarlas «adecuadas y proporcionadas para conjurar dicho riesgo de fuga». Así, los cuatro deberán comparecer en los juzgados el primer lunes de cada mes y tienen prohibición de abandonar el territorio español, debiendo hacer entrega del pasaporte.