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Oriol Junqueras en el Congreso de los Diputados, cuando fue a recoger su acta como diputado en las pasadas elecciones / GETTY IMAGES

Cuando quieres defender los derechos de Junqueras y debes exponer lo contrario

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Juan Antonio Xiol, el magistrado del Tribunal Constitucional que defiende la vulneración de derechos de Oriol Junqueras, ha escuchado cómo la mayoría de sus compañeros rechazan su ponencia por lo que deberá cambiar el texto acomodándolo al sentir mayoritario, o bien, dejar la ponencia en otras manos.

Este juez tiene, en consecuencia, la posibilidad de expresar en un solo escrito una cosa y la contraria. Tienen que redactar una ponencia que tumbe los argumentos de Junqueras sobre la vulneración de sus derechos de representación política y, a renglón seguido, puede emitir un voto particular discrepante de su propia resolución.

Puede declinar

Lo habitual en estos casos es que el magistrado a quien ha correspondido la ponencia que no obtiene el respaldo mayoritario, renuncie a su redacción y deje en manos de otro compañero del tribunal la nueva propuesta que contenga los argumentos del pleno, pero en la última etapa del tribunal son muy pocos los magistrados que han declinado sus ponencias en otro compañero. En el caso del magistrado Xiol, nunca ha renunciado a su texto aunque haya tenido que modificarlo

Próximo pleno

El próximo pleno del Tribunal Constitucional que se celebrará durante la semana del 6 de diciembre, incluye en el orden del día, el estudio de la ponencia de Xiol que deberá rehacer el texto de acuerdo con el criterio de la mayoría y redactar su propio voto particular (contrario) a la opinión del pleno, si es que antes no declina su redacción.

El magistrado junto con otros dos jueces del Tribunal considera que la denegación de los permisos a Junqueras para asistir como diputado autonómico a la constitución del Parlament en enero de 2018 y a la investidura del nuevo presidente de la Generalitat, vulneró sus derechos a la participación política. El pleno opina lo contrario ya que la medida estuvo justificada por la incompatibilidad entre la situación de prisión preventiva que fue anterior a su designación como diputado autonómico.